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ATENEO REPUBLICANO DE ASTURIAS

ARA

5 Diciembre 2007

Una nueva Constitución. Un País Renovado, de Francisco Prendes Quirós

UNA NUEVA CONSTITUCIÓN. UN PAÍS RENOVADO
FRANCISCO PRENDES QUIROS

Tal día como hoy, de hace 29 años, la ciudadanía refrendaba la, desde su sanción el 27 de diciembre de 1978, víspera de los santos inocentes, vigente Constitución. Había nacido, la pobre, muy ilegítima, como de cortes ordinarias y un extraño consenso partidario fundado en sustanciales “ambigüedades”.

Las constituciones, normalmente, nacen de unas Cortes o Parlamentos llamados “constituyentes” porque son convocados para redactar y aprobar la Constitución y el limitado número de leyes que la asisten y complementan.

A la salida de una situación “excepcional”, -y “excepcional” es el calificativo más suave que puede darse al régimen de Franco, impuesto por el alzamiento militar de julio del 36, y consolidado después del 39, con mano, tan “persignadora” como cruel que, gracias a largos años de “ejecución”, confesión y comunión incluidas; cárcel, sin comida ni calor, y dramático exilio, duró lo que duró la vida de su fautor, tan cobarde y desarmado quedó nuestro pueblo después de la experiencia expiatoria...

Lo habitual en el mundo normal y lógico, es que la salida de lo “excepcional” a los “democrático”, se haga con el acompañamiento de tres condiciones, 1. un gobierno provisional, compuesto por las fuerzas políticas presentes en el momento, que se encarga, 2, de convocar un referéndum sobre la forma de gobierno, Monarquía o República, y celebrado, y conocida la “voluntad” nacional sobre ello, 3 inmediatamente procede a convocar elecciones para la cámara constituyente, que habrá de elaborar la futura Constitución, republicana o monárquica, como el pueblo hubiera previamente decidido.

El texto vigente, que con puente celebramos en esta primera semana de diciembre, año tras año, y lo celebramos bien, porque al no cubrir ninguna de aquellas etapas, pasó sobre ellas como los grandes puentes de autovías y “aves” cruzan sobre ríos, valles y cañadas... Así que, unidad ideal del trono y el altar, celebrando en puente gozoso, primero la “Constitución” y acto seguido, la “Inmaculada Concepción”, los dos grandes misterios de nuestra realidad nacional, a la que en 1.975, la muerte de Franco, puso corona, y D. Torcuato, gobierno en manos del señor Suárez, que gobernó con nacional y ponderado “movimiento”, hasta que en junio de 1.977, unos partidos, tan insignificantes como temerosos, se aprestaron a concurrir a las urnas para elección de un parlamento “ordinario”, como si desde el 36 al 77 la normalidad hubiera sido la tónica de la vida política y social de la nación, o del reino... Desde el poder, utilizando sus resortes, medios y sus mañas, el partido ganador fue la UCD, del señor Suárez; desde su historia de oposición al franquismo, el comunismo con el señor Carrillo y sus mil renuncias, fue el gran perdedor; y el socialismo, marxista y cristiano, radical y posibilista, monárquico y republicano, bueno, bono y bonito, por un decir, quedó colocado y consagrado para en su día, como “alternativa” de gobierno. Los magníficos del viejo régimen, Fraga y seis de los suyos, recibieron, como castigo de sus perversas trayectorias serviles, el corto voto de la “asustada” nostalgia franquista... 32 años después, las nostálgicas y los nostálgicos, que no se atrevieron a votar las “fragosidades” del 77, salen a gritar a la calle, pidiendo respeto para las victimas y la resurrección del “salvador”.

Y con tales mimbres, de noche, y “fabulando” por paradores y restaurantes, y pidiendo papeles a entendidos y profesores primerizos, media docena de “representantes” redactaron de espaldas a San Jerónimo y a la nación, la vigente Constitución, cuyo mayor elogio es hoy, el de asegurar que “contiene” en sí la “esencia” de la republicana de 1.931, que unas Cortes, legítimamente constituyentes, redactaron en San Jerónimo, con luz y taquígrafos, en medio de muy vivas discusiones.

1.931, fue uno de los “raros” años de la verdad, en nuestra historia, casi siempre aburrido “auto sacramental”; año iniciático, en el que la vieja España se miró, sobre la monarquía derribada, en el espejo de sí misma, y se vio devota, pobre y sometida a “fervientes”, “tradicionales” y “contrabandistas”, pero ilusionada con los ardores primaverales, en la que florecieron todas las esperanzas, menos las flores de lis. Año, en el que los enemigos de las libertades y el progreso del pueblo, decidieron poner, antes que tarde, fin a la voz libre y crítica de la razón, para reconducir al rebaño a la cañada, y conocida coñada, de la fe pastoral; levantar, dique al “arroyuelo” murmurante, que se hacía “río” invadeable a pastores, propietarios y capitalistas, preparando, al mismo tiempo, armas, generales, obispos y ejércitos con que defender sus “tradicionales y legítimos derechos” sobre el poder, la patria y la propiedad.

En la Constitución de 1.931, los representantes del pueblo hablaron claro y derecho. España se definió como República democrática de trabajadores de toda clase...; afirmó que el Estado español, como no podía ser menos, no tenía religión oficial; que el castellano era el idioma oficial de la República... y allí, se habló de provincias o regiones, en ningún caso de inciertas “nacionalidades”.

En aquella Constitución que hoy algunos quieren confundir con la presente, para no someter a ésta a urgente extirpación quirúrgica, se abordó la Organización Nacional, en su Título Primero; y se fijaron las competencias exclusivas del Estado español en cabeza, en el art. 14, y en el 15º, las materias en las que las “regiones autónomas” podrían tener la ejecución, dependiendo la legislación del Estado; y, por fin, en su cola natural, en el art. 16, se hizo la referencia a las materias no citadas en los dos anteriores, en las que la legislación exclusiva y la ejecución directa “podrían” corresponder a las “regiones autónomas”. En el texto constitucional, se dejo previsto que cualquiera de las provincias de una autonomía regional, podría renunciar a su régimen y volver al de provincia vinculada al poder central...

En el texto aún vigente, se inventa el término de “nacionalidad” como, categoría inmediatamente “inferior” a la de “nación”, hoy, para muchos su equivalente..., o aún superior. Y si bien se dice que ninguna “confesión” tendrá carácter estatal, en el texto se cita expresamente a la Iglesia Católica, dándole así, un trato privilegiado, consolidado en los acuerdos anteriores a la Constitución..., cuyas pretensiones mantiene el alto clero en imparable aumento...

El Título de la “Organización Nacional”, Primero, escueto y meridiano, en la de la República, pasó a ser el VIII bajo el nombre de “Organización Territorial del Estado”; quedando el de “Organización Nacional”, para uso exclusivo de la de los Ciegos, y así sigue brillando en la vigente Constitución el pelo de la dehesa nacional, resaltado con la gomina de los contumaces fascistas, la brillantina de los veleidosos “semi”, y el perfumín europeo de los alegres “casi demócratas”, que creyeron que si el papel todo lo resistía, la nación lo resistiría también...; pero ha quedado visto, que ni la nación, ni las fuerzas centrípetas ni las centrífugas, han soportado la tensión del “equilibrio inestable”, de la ambigüedad calculada, y la farragosidad indescifrable del texto vigente, por lo que ya se ofrecen “andamios” para los arreglos de “fachada” y la renovación del alicatado y cañerías de baños y cocina..., para evitar el riesgo de desplome, las humedades y los desconchones producidos por las incompetencias y las ocurrencias de los famosos padres. Esta Constitución, abrió el camino al desmadre colocando primero las competencias de las autonomías y luego las del Estado, previendo para éstas un continuo limado..., hasta un punto no previsto. A mayor intromisión en lo secundario, hasta se prevé para las elecciones autonómicas, el sistema proporcional, y el “respeto” a los territorios..., aunque no estén habitados más que por fieros trabucaires que, implícitamente, se consideraron como los salvadores de los valores tradicionales de la patria. No se previó, en absoluto el derecho de las provincias a retirase pacíficamente, y por su propia voluntad, de la autonomía y volver a condición de provincia directamente vinculada al poder central republicano, porque en el nuevo marco la “autonomía” se ha considerado asignatura de curso obligatorio.

Si la vigente Constitución ha durado 29 años, es porque muy poco caso se la ha hecho. Cada uno, según su poder y su puesto en el escalafón político y social, ha hecho, con ella un sayo, un pandero, una tesis, o una sentencia; a la pobre, tan mal concebida, unos la han acatado en su ambigüedad territorial; otros, la han olvidado; incluso, otros, la han violado. Y, todo, admirable pueblo el nuestro en su monumental despreocupación formal, con la misma oscura alegría con que la concibieron el ingeniero Abril y el torero Guerra...

Con sus 29 años, esta Constitución está más que lista para olvidarse de sus padres; dejando a un lado sus “pretendidas” virtudes, debemos buscar la oportunidad a concebir otra que nazca de legítimo poder constituyente, y que después de menuda y detallada discusión en el ágora y en el Congreso, y enriquecido el texto con la experiencia positiva y negativa de estos años, marque los caminos del mañana.

Constitución para 2008, que consagre la soberanía republicana del pueblo; la separación de los tres poderes; la “liberación” del Cuarto del poder del dinero; la aconfesionalidad del Estado, y el sometimiento de las “comisiones” y “confesiones” a ley especial, tal cual preveía el art. 26 de la de 1.931; estableciendo la administración racional de la justicia, en línea con el Título VII del modelo republicano. Y, declarando, en definitiva que España renuncia a la “guerra” como instrumento de la política nacional interior y exterior..., en cuya base se cerrarán las copes, se prohibirán las copas y se desoirán los “popes”...

Que así sea.

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